Por el caso del «Turco» Hilsaca, condenan a dos jueces de Barranquilla
Con ponencia del Magistrado Demóstenes Camargo De Ávila, apoyada por Jorge Cabrera Jiménez y con salvamento de voto de Jorge Mola Cabrera, el Tribunal Superior del Atlántico sentenció como autores penalmente responsables del delito de prevaricato por acción agravado a Edwin Ricardo Volpe Iglesias, quien se desempeñaba como Juez Penal Municipal con función de garantías y Gloria Amparo Giraldo Ruiz, quien funge como Juez Cuarto Penal del Circuito de Barranquilla
LOS HECHOS
Los hechos se remontan al año 2014 cuando Edwin Ricardo Volpe Iglesias se desempeñaba como Juez Noveno Penal Municipal, con funciones de control de garantías de la ciudad de Barranquilla y en marzo del año 2015. En ese momento los condenados decretaron la libertad del empresario Alfonso ‘El Turco’ Hilsaca Eljaude, procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado, financiación de grupos armados al margen de la ley y homicidio. Por lo anterior, impuso a Edwin Ricardo Volpe Iglesias las penas principales de 57 meses de prisión, 87.49 salarios mínimos legales mensuales a título de multa y 87 meses de inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Posteriormente, al togado le correspondió conocer de una solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento que le fue asignada en circunstancias que también fueron objeto de discusión en el juicio, dentro del proceso en contra de Alfonso Hilsaca Eljaude, por los delitos de concierto para delinquir agravado, financiación de grupos armados al margen de la ley y homicidio.
La medida de aseguramiento que se dictó en contra de Hilsaca Eljaude se fundó en las versiones de los desmovilizados hermanos Borré Barreto, quienes señalaron al antes mencionado como un financiador de grupos al margen de la ley y de haber ordenado la muerte de una persona en razón que el padre de ésta (Emel Ovalle) se negó a retractarse de unos cargos que con anterioridad se habían formulado en contra de aquél “
La audiencia se realizó los días 19 y 20 de diciembre de 2014, en la que Volpe Iglesias, luego de escuchar los argumentos del solicitante como de la contraparte, dictó auto interlocutorio de fecha 20 de diciembre de 2014, revocando la medida de aseguramiento que pesaba en contra de Alfonso Hilsaca.
A Gloria Amparo Giraldo Ruíz le impuso las penas principales de 48 meses de prisión, 66.66 salarios mínimos legales mensuales a título de multa y 80 meses de inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas. Igualmente le impuso la sanción accesoria de pérdida del cargo público de Juez Cuarto Penal del Circuito de Barranquilla.
En su decisión, a Volpe Iglesias y Giraldo Ruiz no le concedieron el beneficio de la prisión domiciliaria, por lo cual el Tribunal libró las órdenes de captura para que cumplan las penas en centros carcelarios.
El caso de Amparo Giraldo Ruíz
Al decretar la providencia por medio de la cual, se revocaba la medida de aseguramiento contra el «Turco» Hilsaca, esta fue objeto de apelación por parte del Fiscal a cargo, correspondiendo el conocimiento del asunto en segunda instancia al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Barranquilla, en cabeza de Amparo Giraldo Ruíz, quien mediante fallo del 20 de marzo de 2015, confirmó la decisión de primera instancia.
El ente investigador consideró que tanto la decisión de primera como la de segunda instancia, eran manifiestamente contrarias a la ley y por esa razón se dio curso al proceso ante el Tribunal Superior; al que no solo fueron vinculados Volpe Iglesias y Giraldo Ruiz sino otros jueces, empleados del Centro de Servicios Judiciales y abogados litigantes de la ciudad de Barranquilla, bajo el cargo de conformar una empresa criminal dedicada a cometer ilícitos contra la administración pública y de justicia.
El 15 de agosto de 2015, ante el Juez 9 Penal Municipal de Control de Garantías de Cartagena, se surtieron las audiencias concentradas a los cuatro jueces implicados y el 15 de diciembre posterior, el Fiscal 6 Delegado ante el Tribunal Superior de Distrito Judicial, presentó escrito de acusación en contra de los indiciados.
Posteriormente, se rompió la unidad procesal por orden de la Corte Suprema de Justicia y se siguió la investigación contra Edwin Ricardo Volpe Iglesias y Gloria Amparo Giraldo Ruíz, dentro de la cual se llevó a cabo la audiencia de acusación el 14 de agosto del año 2017.
