CRA Suspende obras de construcción en humedal de Alameda, pero la medida es solo provisional

 CRA Suspende obras de construcción en humedal de Alameda, pero la medida es solo provisional

Debido a las protestas y denuncias realizadas por la comunidad de vecinos del sector de Alameda del Río, que motivaron las visitas técnicas de funcionarios de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) esta entidad, en las últimas horas, impuso medida preventiva de suspensión de actividades e inició procedimiento sancionatorio ambiental, en contra de la sociedad Amarilo S.A.S, por presuntas infracciones ambientales, sobre los predios de dos lotes localizados entre las carreras 43 y 43B con calles 114, 116 y 117.

En esta zona, se posan diariamenete más de 2.000 aves de distintas especies, caimanes y babillas y otros animales.

Esta es una de las zonas llamadas de expansión urbana del Distrito de Barranquilla. Para impedir la continuidad de remoción de cobertura vegetal en las áreas con extensiones de 1,58 Ha y 1,71 Ha, así como impedir que se configuren probables afectaciones ambientales debido al uso inadecuado e insostenible del recurso flora, al no contar presuntamente con las autorizaciones ambientales correspondientes.

«En el ejercicio de la potestad sancionatoria de esta autoridad ambiental, hemos impuesto a la sociedad AMARILO S.A.S., la suspensión inmediata de actividades de aprovechamiento forestal e iniciamos el procedimiento sancionatorio ambiental», explicó la subdirectora de Gestión Ambiental de la C.R.A., Bleydy Coll Peña.

Entre los hechos a investigar en el sector conocido como Alameda del Río, la funcionaria indicó que se encuentran presuntamente:

– Aprovechamiento forestal realizado sin contar con la respectiva autorización.

– Remoción de la cobertura vegetal, para el desarrollo de una vía destapada donde se proyecta la calle 116 entre carreras 43 y 43B y para la ampliación de zonas de trabajo de Amarilo S.A.S., sin el correspondiente permiso ambiental.

– Inadecuada disposición de residuos sólidos, tipo ordinarios y RCD, directamente sobre el suelo.

– Vertimiento de aguas residuales no domésticas (ARND), asociadas a la fabricación de concreto y arrastre de sedimentos por escorrentía, sin tratamiento previo y directamente sobre el suelo, sin contar con el respectivo permiso.

LA COMUNIDAD A EVITAR QUE ACABEN CON EL HUMEDAL

Sin embargo, la medida no es definitiva, es solamente transitoria, por lo cual; otras organizaciones comunales y ambientales del sector de Alameda se estarán sumando y atentas para hacer seguimiento de la medida impuesta por la CRA, en el sentido, de exigir que no se apruebe la licencia de construcción en esta zona.

La Corporación ha indicado que la medida preventiva se levantará una vez se compruebe que la sociedad Amarilo S.A.S, cumplió con la correspondiente autorización de aprovechamiento forestal para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales presentes en las áreas mencionadas, en cumplimiento del Decreto 1076 de 2015 – MADS y la Resolución 0000684 de 2019 – CRA, por medio de la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del plan de aprovechamiento forestal.

En otras palabras, la CRA trata de justificar la construcción de complejos urbanísticos con el cumplimiento de los requisitos para la expedición de licencias ambientales, sin embargo, no asume su responsabilidad con el medio ambiente ni el impacto ambiental que sufra la zona.

Redacción El Bocon

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