ATENCIÓN: Corte Suprema imputó cargos a Arturo Char por compra de votos

 ATENCIÓN: Corte Suprema  imputó cargos a Arturo Char por compra de votos

Este viernes 30 de junio se llevó a cabo la indagatoria de Arturo Char ante la Corte Suprema de Justicia, donde el alto tribunal le imputó cargos por los delitos de concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante.
“Con la circunstancia de mayor punibilidad prevista en el artículo 58 numeral 9 de la ley 600 de 2000, en atención a la posición que Arturo Char ostentaba en la sociedad, al momento de cometer presuntamente los delitos investigados, por su cargo, posición económica y condición de líder político”, dice la Corte.

El alto tribunal señaló que los medios de conocimiento incorporados hasta el momento de la actuación muestran que, supuestamente, promovió una estructura ilegal de compra de votos en el marco de las elecciones al Congreso celebradas el 11 de marzo de 2018.

El caso del cacique electoral de la Costa Atlántica está relacionado directamente con la exsenadora Aida Merlano Rebolledo, quien ya tiene dos condenas por compra de votos y por violar los topes de financiación permitidos por las leyes colombianas

Merlano Rebolledo, quien llegó hace poco a Colombia luego de ser capturada en Venezuela, afirmó que el clan Char promovió una estructura ilegal para comprar votos y así ella poder llegar al Senado de la República y Lilibeyh Llinás a la Cámara de Representantes, en 2018.

De igual forma, la condenada expolítica aseguró que en 2019 las familias Char y Gerlein organizaron una estrategia para permitir su fuga de un consultorio del Norte de Bogotá donde se encontraba en una cita odontológica, acusaciones graves que hoy tienen en la puerta de la cárcel al exsenador.

Por su parte, Arturo Char, se acogió a su derecho a guardar silencio: “el procesado decidió renunciar a su derecho a responder las preguntas y se acogió a la garantía constitucional y legal de guardar silencio, aduciendo que, tanto en su versión libre como en sus diversas intervenciones procesales, ya había suministrado argumentos suficientes y similares a los que podría exponer durante la diligencia”, precisó la Corte.

Tras cumplirse la diligencia de indagatoria, le corresponde ahora a la Sala Especial de Instrucción definir la situación jurídica del procesado.

Redacción El Bocon

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