Corte Constitucional sentencia que CNE no puede investigar al presidente Petro
El alto tribunal ratificó que solo la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes puede investigar al jefe de Estado por este tipo de asuntos.
En una decisión que despeja una disputa institucional, la Sala Plena de la Corte Constitucional negó este martes la solicitud de nulidad interpuesta por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, que pretendía anular un fallo previo sobre quién tiene autoridad para investigar al presidente Gustavo Petro en materia de financiación electoral.
Con ocho magistrados presentes y seis votos a favor de mantener en firme la sentencia cuestionada, el alto tribunal ratificó que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es el único órgano con potestad constitucional para adelantar este tipo de procesos contra el jefe de Estado. El Consejo Nacional Electoral (CNE), en consecuencia, queda expresamente excluido de esa competencia.
